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News - 27.05.10 von faub22

La lógica del Tribunal de Berlín sin pies ni cabeza

Entrevista con Lars Röhm sobre la multa impuesta a la FAU de Berlín

El pasado mes abril la FAU de Berlín fue multada con 200 euros por referirse a sí misma como sindicato en sus estatutos. En diciembre de 2009 se había emitido una medida provisional que le obligaba a quitar la palabra sindicato de todas sus publicaciones. Sin embargo, la palabra prohibida continuó en los estatutos hasta mediado de marzo, ya que un cambio en éstos necesitaba de unos cuantos meses. La dirección del cine Babylon Mitte presentó cargos en febrero de 2010. Esta denuncia también fue presentada por la misma dirección durante un conflicto laboral, apoyado por la FAU de Berlín, de los trabajadores del cine. Esta es la primera vez que en Alemania a una organización de trabajadores se le prohíbe autodenominarse sindicato.

Lars Röhm ha sido secretario de la FAU de Berlín desde 2009.

¿La multa afectará o cambiará la forma en que trabajáis?

Lars Röhm: La multa ha sido pequeña y mucho menor de lo que había pedido la directiva del cine Babylon. Por lo tanto, no ha sido tan grave y se puede ver incluso como una evidencia de que el tribunal está inseguro de sus medidas. No obstante, la medida afectará considerablemente a nuestra labor mientras siga en vigor. Un sindicato tiene ciertos derechos en Alemania –acceso expedito al centro de trabajo, participación en las reuniones de trabajo e informar a los trabajadores mediante un tablón- que están orientados a salvaguardar la labor de las organizaciones obreras. No se consigue afiliación simplemente distribuyendo impresos de afiliación, sino teniendo presencia en los centros de trabajo. Es por esto que creemos que esta medida es un atentado inconstitucional contra la libertad de asociación que es un derecho fundamental. Si la medida causó revuelo internacional, fue por algo.

Habéis dejado de referiros a sí mismos públicamente como sindicato tras el fallo. Se os acusó porque no se había borrado de todos los textos lo suficientemente rápido. ¿Seguiréis por ese camino y respetaréis la prohibición?

Si, hemos decidido colectivamente respetar la prohibición por ahora y continuaremos haciéndolo así en el futuro. Hay una posibilidad muy real de que la dirección de Babylon Mitte quiera que actuemos como niños testarudos para así poder presionar e imputarnos terribles cargos con los que callarnos. En lugar de esto, haremos todo lo posible por acabar con esta medida objetable. Aunque se nos prive de la palabra sindicato, ningún tribunal puede arrebatarnos nuestra confianza en nosotros mismos y nuestra dignidad.

La FAU de Berlín ha apelado la prohibición; el caso será visto en el Tribunal Regional Superior de Berlín el 10 de junio. Si se ratifica la medida, ¿continuaréis haciendo una labor que pueda describirse como “sindical”? ¿Sería esto posible?

Es posible, aunque bajo circunstancias realmente difíciles. Pero nosotros seguiremos. Incluso pasaremos a la ofensiva. En cierto sentido, las sentencias nos han motivado. Por muy graves que puedan ser, demuestran que estamos en el camino correcto cuando se trata de aportar verdaderas alternativas. Una alternativa seria supone una amenaza para los sindicatos establecidos y muchos tratarán de pararle los pies. Esto es aún más cierto en estos tiempos de crisis.

¿Por qué se le prohibió a la FAU autodenominarse sindicato?

La razón oficial sugiere que la FAU de Berlín se autodenominaba sindicato de forma fraudulenta, y la dirección de Babylon argumentaba que esto era dañino para el negocio. La corte fue incluso más lejos argumentando que los empleados podrían ser engañados. Ambas razones son completamente absurdas si me preguntas. Ellos alegan que el ciudadano medio alemán ve un sindicato como una mera asociación que firma convenios colectivos. Puesto que a FAU Berlín se le ha prohibido hacer esto, no puede ser un sindicato.

Sin embargo, aunque se aceptase dicho argumento, en la sentencia sigue habiendo problemas jurídicos, en mi opinión. Está basada en el veredicto del Tribunal Federal del Trabajo de 1977 (¡!) que iguala el estatus de sindicato con la capacidad para firmar convenios colectivos. No obstante, los tribunales alegaron que la FAU de Berlín no podía firmar convenios colectivos, porque nunca habían firmado un convenio colectivo. Obviamente esto carece de toda lógica y pienso que es altamente cuestionable a nivel legal. Sería algo que se esperaría de una república bananera y no de un estado constitucional.

La historia me recuerda un comentario de un estadounidense durante la era McCarthy que sugería que todo ciudadano debería ir a la cárcel una vez que cumple los 18 años para asegurarse de que se convierte en un miembro responsable de la sociedad.

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